miércoles, 25 de noviembre de 2015

DOS AÑOS DE PRISIÓN POR CONSTRUIR UNA CASA ILEGAL EN FOMENTERA   DIARIO DE IBIZA

La vivienda fue construida en un solar de 10.000 metros en la zona periférica del Parque Natural, donde son necesarios 30.000 metros

25.11.2015 | 13:41
La casa se sitúa en la zona suroeste de s´Estany Pudent, en el Parque Natural.
La casa se sitúa en la zona suroeste de s´Estany Pudent, en el Parque Natural.
­La Audiencia Provincial de Palma ha ratificado una sentencia dictada en junio pasado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza que condena a dos años de cárcel a cada uno de los autores (la promotora y el constructor) de un delito contra la ordenación del territorio por construir una vivienda ilegal, a principios de 2011, en la zona periférica de protección del Parque Natural de ses Salines, en Formentera. La condena incluye también la inhabilitación especial de la promotora y el constructor de tres años para cada uno. Además ambos acusados deben restituir la parcela a la realidad anterior a la construcción de la vivienda, es decir que la vivienda deberá ser demolida. Al carecer ambos condenados de antecedentes penales no ingresarán en prisión por no ser la condena superior a los dos años.
La sentencia se basó, entre otras evidencias, en los diferentes informes e intervenciones emitidos por la Policía Local, los servicios técnicos del Consell Insular y los agentes del Seprona sobre esta edificación.
La Audiencia considera como hechos probados que la acusada actuó como promotora de una vivienda, alrededor de enero de 2011, en unos terrenos ubicados en la zona periférica de protección del Parque Natural de ses Salines, en una finca situada en la Vénda de es Brolls, cerca de s´Estany Pudent. El solar tiene una superficie de 10.270 metros cuadrados y cuenta con una obra consistente en la construcción de una vivienda en planta rectangular de 123,9 metros cuadrados y tres metros de altura. Para levantar la casa contactó con el constructor, «que conocía perfectamente que la obra carecía de licencia y además era ilegalizable».
El argumento principal es que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de ses Salines y las propias Normas Subsidiarias de Formentera señalan que en la zona periférica de protección, la parcela mínima para poder construir debe tener 30.000 metros cuadrados.
Para la sección segunda de la Audiencia, «resulta evidente que no solo [la parcela] no reúne la superficie necesaria para ser edificable a efectos de vivienda, teniendo en cuenta que está situada en la zona de protección, sino que tampoco cuenta con la dimensión mínima exigible para el suelo rústico común», donde la superficie mínima es de 15.000 metros cuadrados, según la normativa vigente en la isla.

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